Ilegal, ilegítima, odiosa e insostenible

Traducción del informe preliminar de la Comisión de la Verdad sobre la Deuda Pública del Parlamento Griego.

Este mes de junio de 2015 Grecia se halla en la encrucijada de elegir entre la promoción de los programas de ajuste macroeconómico fallidos impuestas por los acreedores o hacer un cambio real para romper las cadenas de la deuda. Cinco años después de iniciarse los programas de ajuste económico, el país sigue profundamente hundido en una crisis económica, social, democrática y ecológica. La caja negra de la deuda se manteniene cerrada, y hasta ahora ninguna autoridad, griega o internacional, ha tratado de sacar a la luz la verdad sobre cómo y por qué Grecia fue sometida al régimen de la troika. La deuda, en cuyo nombre no se ha solucionado nada, sigue siendo la norma mediante la cual se impone el ajuste neoliberal, y la recesión más profunda y prolongada experimentada en Europa en tiempos de paz.

Existe una necesidad inmediata y una responsabilidad social para hacer frente a una serie de cuestiones jurídicas, sociales y económicas que exigen la debida consideración. En respuesta a ello, el Parlamento Helénico estableció la Comisión de la Verdad sobre la Deuda Pública en abril de 2015, que obliga a investigar la creación y el crecimiento de la deuda pública, la forma y razones por las que fue contratada la deuda, y el impacto que las condiciones asociadas a los préstamos han tenido sobre la economía y la población. La Comisión de la Verdad tiene el mandato de clarificar cuestiones relativas a la deuda griega, tanto a nivel nacional como internacional, y formular argumentos y opciones relativas a su cancelación.

La investigación que se presenta en este informe preliminar arroja luz sobre el hecho de que el programa de ajuste al que Grecia ha sido sometida, fue y sigue siendo un programa políticamente orientado. El ejercicio técnico que rodea las variables macroeconómicas y proyecciones de deuda, cuyass cifras se refieren directamente a los medios de vida de las personas, ha permitido que las discusiones alrededor de la deuda se mantengan en un nivel técnico que gira principalmente en torno al argumento de que las políticas impuestas a Grecia mejorarán su capacidad para pagarla. Los hechos presentados en este informe cuestionan este argumento.

Toda la evidencia que presentamos en este informe muestra que Grecia no sólo no tiene la capacidad de pagar esta deuda, sino que tampoco debe pagarla, en primer lugar porque la deuda que surge de los acuerdos de la troika es una violación directa de los derechos humanos fundamentales de los habitantes de Grecia. Por lo tanto, llegamos a la conclusión de que Grecia no debería pagar esta deuda porque es ilegal, ilegítima y odiosa.

También entiende la Comisión que la insostenibilidad de la deuda pública griega era evidente desde el principio para los acreedores internacionales, las autoridades griegas y los medios corporativos. Sin embargo, las autoridades griegas, junto con algunos otros gobiernos de la UE, conspiraron contra la reestructuración de la deuda pública en 2010 con el fin de proteger a las instituciones financieras. Los medios corporativos escondieron la verdad del público por que representa una situación en la que el rescate se argumentó para beneficiar a Grecia, mientras se fomenta un relato que pretende responsabilizar a la población de sus propias fechorías.

Los fondos de rescate previstos en los dos programas de 2010 y 2012 se han gestionado externamente a través de esquemas complicados, impidiendo cualquier autonomía fiscal. El uso del dinero del rescate está estrictamente dictada por los acreedores, y por eso, es revelador que menos del 10% de estos fondos se han destinado a gasto corriente del gobierno.

Este informe preliminar muestra un primer esbozo de los principales problemas y cuestiones relacionadas con la deuda pública, y señala violaciónes legales clave asociadas con la contratación de la deuda; también traza los fundamentos jurídicos, en los que puede basarse la suspensión unilateral de los pagos de la deuda. Los resultados se presentan en nueve capítulos estructurados de la siguiente manera:

Capítulo 1. La deuda antes de la Troika. Se analiza el crecimiento de la deuda pública griega desde los años 1980. Se llega a la conclusión de que el aumento de la deuda no se debió al gasto público excesivo, que de hecho se mantuvo más bajo que el gasto público de otros países de la eurozona, sino por el pago de las tasas extremadamente altas de interés para los acreedores, excesivo e injustificado gasto militar, pérdida de ingresos fiscales debido a los flujos ilícitos de capital, la recapitalización estatal de los bancos privados y los desequilibrios internacionales creadas a través de las fallas en el diseño de la propia Unión Monetaria.

La adopción del euro dio lugar a un aumento drástico de la deuda privada en Grecia a la que los principales bancos privados europeos, así como los bancos griegos fueron expuestos. Una creciente crisis bancaria ha contribuido a la crisis de la deuda soberana griega. El gobierno de George Papandreou presentó los elementos de la crisis bancaria como una crisis de la deuda soberana en 2009, aumentando el déficit público y la deuda.

Capítulo 2, la evolución de la deuda pública griega durante 2010-2015, concluye que el primer acuerdo de préstamo de 2010, dirigido principalmente a rescatar a los bancos privados europeos griegos y otros, y para permitir a los bancos a reducir su exposición a los bonos del gobierno griego.

Capítulo 3, la deuda pública griega por los acreedores en 2015, presenta la naturaleza contenciosa de la deuda actual de Grecia y la delimitación de las características clave de los préstamos, que se analizan en el capítulo 8.

Capítulo 4, el mecanismo del sistema de deuda en Grecia revela los mecanismos ideados por los acuerdos que se implementaron desde mayo de 2010. Ellos crearon una gran cantidad de nueva deuda ante acreedores bilaterales y el Fondo Europeo de Estabilidad Financiera (FEEF), mientras que la generación de costes abusivos  agudizaba la nueva crisis. Los mecanismos revelan cómo la mayoría de los fondos prestados fueron transferidos directamente a las instituciones financieras, en lugar de beneficiar a Grecia, que ha acelerado el proceso de privatización, a través del uso de instrumentos financieros.

Capítulo 5, Las condicionalidades contra la sostenibilidad, presenta la forma en que los acreedores imponen condiciones intrusivas en los contratos de préstamo, lo que condujo directamente a la inviabilidad económica y la insostenibilidad de la deuda. Estas condiciones, en las que los acreedores aún insisten, han contribuido al PIB inferior y a un mayor endeudamiento público, y por lo tanto a una deuda pública superior, ha hecho la deuda de Grecia más insostenible, y ha provocado cambios dramáticos en la sociedad, causando una crisis humanitaria. La deuda pública griega se puede considerar como totalmente insostenible en la actualidad.

Capítulo 6, El impacto de los "programas de rescate" en materia de derechos humanos, concluye que las medidas aplicadas en virtud de los "programas de rescate" han afectado directamente a las condiciones de vida de la gente y violado los derechos humanos, que Grecia y sus socios están obligados a respetar, proteger y promover en el derecho interno, regional e internacional. Los ajustes drásticos, impuestas a la economía griega y la sociedad en su conjunto, han dado lugar a un rápido deterioro de las condiciones de vida, y son incompatibles con la justicia social, la cohesión social, la democracia y los derechos humanos.

Capítulo 7, cuestiones legales que rodean a los Acuerdos del MOU y los Préstamos, donde se argumenta que ha habido un incumplimiento de las obligaciones de derechos humanos por parte de la propia Grecia y los prestamistas, que es la zona del euro (Prestamista) Los Estados miembros, la Comisión Europea, el Banco Central Europeo Banco y el Fondo Monetario Internacional, que impuso estas medidas en Grecia. Todos estos actores no pudieron evaluar las violaciónes de los derechos humanos como resultado de las políticas que obligaron a Grecia a seguir, y también violan directamente la Constitución griega por extracción efectiva de la mayor parte de sus derechos soberanos. Los acuerdos contienen cláusulas abusivas y coaccionan a Grecia para que se rindar en aspectos significativos de su soberanía. Esto se efectúa en la elección de la ley británica como legislación rectora de esos acuerdos, lo que facilitó la elusión de la Constitución griega y las obligaciones internacionales de derechos humanos. Los conflictos con los derechos humanos y las obligaciones habituales, varias indicaciones de que las partes contratantes actúan de mala fe, y el carácter desmesurado de los acuerdos, hacen estos acuerdos no válidos.

Capítulo 8, Evaluación de las deudas lo que se refiere a su ilegitimidad, ilegalidad, e insostenibilidad, proporciona una evaluación de la deuda pública griega de acuerdo con las definiciones relativas a la deuda ilegítima, odiosa, ilegal e insostenible adoptadas por el Comité.

Capítulo 8 concluye que la deuda pública griega a partir de junio 2015 es insostenible, ya que Grecia es actualmente incapaz de pagar su deuda sin perjudicar seriamente su capacidad para cumplir con sus obligaciones de derechos humanos básicos. Además, para cada acreedor, el informe proporciona evidencia de casos indicativos de deudas ilegales, ilegítimas y odiosas.

La deuda con el FMI debe considerarse ilegal desde su concesión puesto que incumplió sus propios estatutos, y en sus condiciones violó la Constitución griega, el derecho internacional consuetudinario, y tratados en los que Grecia es parte. También es ilegítima, ya que las condiciones incluyen recetas políticas que infringen las obligaciones sobre derechos humanos. Por último, es odiosa ya que el FMI sabía que las medidas impuestas eran antidemocráticas, ineficaces, y darían lugar a graves violaciónes de los derechos socio-económicos.

La deuda con el BCE deben considerarse ilegal ya que el BCE impuso su mandato sobre la aplicación de programas de ajuste macroeconómico (por ejemplo, la desregulación del mercado de trabajo) a través de su participación en la Troika. Las deudas con el BCE también son ilegítimas y odiosas, ya que el principal razón de ser del Programa del Mercado de Valores (SMP) era servir a los intereses de las instituciones financieras, permitiendo que los principales bancos privados europeos y griegos pudieran deshacerse de sus bonos griegos.

Los préstamos en eefctivo del FEEF pueden considerarse ilegales porque el artículo 122 (2) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) se violó, y se violaron varios derechos socioeconómicos y las libertades civiles. Por otra parte, el Acuerdo marco de la EFSF 2010 y el Acuerdo de Asistencia Financiera Maestro de 2012 contienen varias cláusulas abusivas que revelan la mala conducta por parte de la entidad crediticia. El FEEF también actúa en contra de los principios democráticos, lo que hace que estas deudas sean particularmente ilegítimas y odiosas.

Los préstamos bilaterales deben ser considerados ilegales, ya que violan el procedimiento previsto por la Constitución griega. Los préstamos revelan mala conducta clara por parte de los prestamistas, y contenían condiciones que contravienen la ley o el orden público. Tanto la legislación comunitaria y el derecho internacional se incumplieron con el fin de dejar de lado los derechos humanos en el diseño de los programas macroeconómicos. Los préstamos bilaterales son, además, ilegítimos, ya que no se utilizan en beneficio de la población, sino que simplemente permitieron rescatar a los acreedores privados de Grecia. Por último, los préstamos bilaterales son odiosos ya que los estados prestamistas y la Comisión Europea sabían de violaciónes potenciales, pero en 2010 y 2012 se evitó evaluar los impactos en los derechos humanos del ajuste macroeconómico y la consolidación fiscal que eran las condiciones de los préstamos.

La deuda con acreedores privados debe considerarse ilegal porque los bancos privados se comportaron irresponsablemente ante la Troika, no se observo la debida diligencia, mientras que algunos acreedores privados, como los fondos de cobertura también actuaron de mala fe. Partes de las deudas con los bancos privados y fondos de cobertura son ilegítimos por las mismas razones por las que son ilegales; Además, los bancos griegos fueron ilegítimamente recapitalizados por los contribuyentes. Las deudas a bancos privados y fondos de cobertura son odiosas, ya que los principales acreedores privados eran conscientes de que estas deudas no se adquirían pensando en los intereses de la población, sino más bien para su propio beneficio.

El informe llega a su fin con algunas consideraciones prácticas.

Capítulo 9, bases legales para el repudio y la suspensión de la deuda soberana griega, presenta las opciones relativas a la cancelación de la deuda, y en especial las condiciones en que un Estado soberano puede ejercer el derecho de acto unilateral de repudio o la suspensión del pago de la deuda bajo ley internacional.

Varios argumentos legales permiten a un Estado repudiar unilateralmente su deuda ilegal, odiosa, e ilegítima. En el caso griego, un acto unilateral puede basarse en los siguientes argumentos: la mala fe de los acreedores que empujaron a Grecia a contravenir la legislación nacional y las obligaciones internacionales relacionadas con los derechos humanos; preeminencia de los derechos humanos sobre los acuerdos como los firmados por los gobiernos anteriores con los acreedores o la troika; la coacción; las cláusulas abusivas que violan flagrantemente la soberanía griega y que violan la Constitución; y, por último, el derecho reconocido en el derecho internacional a que un Estado tome contramedidas contra los actos ilegales por parte de sus acreedores, que dañan a propósito su soberanía fiscal, obligandola a asumir la deuda odiosa, ilegal e ilegítima, violando la autodeterminación económica y los derechos humanos fundamentales. En lo que se refiere a la deuda insostenible, cada estado tiene el derecho legal de invocar una necesidad en situaciones excepcionales a fin de salvaguardar los intereses esenciales amenazadas por un peligro grave e inminente. En tal situación, el Estado puede ser dispensado del cumplimiento de las obligaciones internacionales que aumentan el peligro, como es el caso de los contratos de préstamos pendientes. Por último, los Estados tienen el derecho de declararse insolvente unilateralmente cuando el pago de su deuda es insostenible, en cuyo caso no se comete ningún acto ilícito y, por tanto, no tienen ninguna responsabilidad.

La dignidad de la gente vale más que la deuda ilegal, ilegítima, odiosa e insostenible

Habiendo concluido una investigación preliminar, la Comisión considera que Grecia ha sido y es víctima de un ataque premeditado y organizado por el Fondo Monetario Internacional, el Banco Central Europeo y la Comisión Europea. Esta misión violenta, ilegal e inmoral va dirigida exclusivamente a trasvasar la deuda privada al sector público.

Poniendo este informe preliminar a disposición de las autoridades griegas y el pueblo griego, el Comité considera que ha cumplido la primera parte de su misión como se define en la decisión del Presidente del Parlamento Europeo, de 4 de abril de 2015. La Comisión espera que el informe será un herramienta útil para aquellos que quieren salir de la lógica destructiva de austeridad y defender lo que está en peligro hoy en día: los derechos humanos, la democracia, la dignidad de los pueblos, y el futuro de las generaciones venideras.

En respuesta a los que imponen medidas injustas, el pueblo griego podría invocar lo que Tucídides menciona acerca de la constitución del pueblo ateniense: "En cuanto al nombre, se la llama democracia, cuya administración se ejecuta con miras a los intereses de la muchos, no de unos pocos "(Discurso fúnebre, en el discurso de Tucídides Pericles Historia de la Guerra del Peloponeso).

Puede leerse el original aquí.
Publicado en transform! 23/6/2105

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